📚 Resumen de Estudio: Cultura Digital, Software Libre y Propiedad Intelectual
1. Nivel Inicial: Conceptos Fundamentales
Este nivel se centra en las definiciones básicas de trabajo en equipo, tipos de software y licencias.
💻 Software Libre vs. Propietario
- Software Libre: Se basa en la libertad, no en el precio. Promovido por Richard Stallman y la FSF (Free Software Foundation). Garantiza 4 libertades:
- Libertad 0: Usar el programa con cualquier fin.
- Estudiar y modificar el código (acceso al código fuente).
- Distribuir copias para ayudar a otros.
- Mejorar el software y publicar los cambios.
- Software Propietario (Cerrado): El usuario no puede ver ni modificar el código interno. Su uso está restringo por una licencia. Ejemplos: Windows, Microsoft 365.
- Licencia GPL: Es la licencia "copyleft" más famosa, garantiza que el software permanezca libre incluso si se modifica.
- Símbolos:
- © (Copyright): El autor se reserva todos los derechos.
- C invertida (Copyleft): Filosofía de libertad y compartir.
🤝 Trabajo en Equipo y Herramientas
- Dinámicas de equipo:
- Colaboración: Construcción conjunta (aportaciones individuales en un solo resultado).
- Cooperación: Apoyo mutuo para superar dificultades.
- Corresponsabilidad: Responsabilidad compartida para un objetivo común.
- Consenso: Acuerdo grupal mediante diálogo.
- Empatía: Comprender las perspectivas de los demás.
- Participación: Involucramiento activo.
- Herramientas Digitales:
- Trello: Gestión visual basada en el método Kanban (tableros y tarjetas).
- Slack: Comunicación organizada por canales temáticos; permite comunicación asíncrona.
- Jira: Especializada en gestión ágil y seguimiento de errores (bugs) para equipos de TI.
- Notion: Versátil ("hoja en blanco") para wikis y bases de datos.
- Asana: Seguimiento de proyectos (listas, tableros) y automatización de procesos.
- Google Workspace: Suite que incluye Drive, Docs y Sheets.
- Software de Autor: Herramientas para crear contenidos multimedia sin saber programar.
2. Nivel Intermedio: Análisis, Legislación y PYMES
Este nivel profundiza en el marco legal, las diferencias técnicas y la aplicación en las empresas.
⚖️ Propiedad Intelectual y Legal
- Derechos de Autor (Copyright):
- Patrimoniales: Regulan la explotación económica (venta, distribución). Son transferibles.
- Morales: Protegen la autoría y la integridad de la obra. Son inalienables (no se venden).
- Duración: Generalmente 50, 70 o 100 años tras la muerte del autor (varía por país).
- Dominio Público: La obra puede usarse libremente al expirar los derechos.
- Copyleft vs. Copyright: El copyleft se basa en las leyes de copyright para garantizar legalmente que la obra siga siendo libre (ej. usar el copyright para obligar a compartir).
- Protección del Software:
- Se protege principalmente como obra literaria (Convenio de Berna).
- Ofuscación: Técnica para dificultar la ingeniería inversa (protección técnica).
- Safe Creative: Plataforma para registrar pruebas de autoría con sello de tiempo.
🏢 Transformación Digital en PYMES
- Retos: Conectividad limitada y falta de capacitación (especial en zonas rurales).
- Riesgos: Obsolescencia operativa y exclusión del mercado si no se digitalizan.
- Factores de Éxito:
- Capacitación en habilidades blandas (resiliencia, compromiso).
- Alianzas con instituciones académicas.
- Adopción flexible de herramientas digitales.
- Casos de Éxito:
- DigitalGrow: Reducción del 20% en costos tras capacitación.
- TextilAndes: Aumento del 35% en capacidad operativa mediante alianzas académicas.
🔍 Comparativas Técnicas
- Soporte: Software libre (Comunidad) vs. Propietario (Empresa desarrolladora).
- Independencia: El software libre evita depender de una única empresa.
- Interoperabilidad: Capacidad de integrar una herramienta con otras (ej. conectar Slack con otras apps).
- Proyecto GNU: Iniciado en 1983 por Stallman para crear un sistema operativo libre (completado luego con el Linux Kernel).
3. Nivel Difícil: Legislación Internacional, Casos Especiales e IA
Nivel avanzado sobre tratados, historia legal e implicaciones de la Inteligencia Artificial.
🌍 Legislación y Tratados
- Acuerdo ADPIC/TRIPS: Establece que el software debe protegerse como obra literaria.
- Decisión 351 (Comunidad Andina): Régimen común de protección basado en derechos de autor.
- Unión Europea:
- Directiva 91/250/CEE (1991): Primera directiva en armonizar la protección de programas.
- Cloud Act (EE.UU., 2018): Regula el acceso a datos en la nube por autoridades.
- Reglamento e-Evidence: Aborda retos de jurisdicción en la nube.
- Ingeniería Inversa: Permitida en ciertos casos (ej. ley alemana UrhG) para lograr interoperabilidad.
🤖 Inteligencia Artificial y Derechos
- Autoría: El Convenio de Berna y la DUDDHH mantienen que la autoría requiere intervención humana directa. La IA no es sujeto de derecho.
- Excepciones: El Reino Unido tiene interpretaciones más flexibles, asignando titularidad al creador del sistema.
📜 Evolución Histórica de la Protección (Kirin et al.)
- Años 50-60: Predominio de los Secretos Industriales.
- Inicios 80 - Mid 90: Adopción masiva de leyes de Derechos de Autor.
- Quinta Etapa: Gestación del Tratado de la OMPI sobre derechos de autor para programas.
⚠️ Retos Modernos
- Software como Bien vs. Servicio: Afecta los esquemas de tributación y protección.
- Reutilización de Código: Riesgo de infringir licencias si no se verifican los términos (infracciones no intencionales).
- Naturaleza del Software Moderno: Su modularidad y algoritmos complican la protección solo como "obra literaria" (no protege ideas/algoritmos), sugiriendo modelos híbridos (Patentes + Secreto + Copyright).
- DRM (Gestión de Derechos Digitales): Controla el uso de contenidos para combatir la piratería.
📝 Hechos Clave para Recordar
- Investigación: Brasil lidera la investigación académica en derechos de autor en Latinoamérica.
- Principio de Stallman: La "libertad" es superior a la "conveniencia" porque da control al usuario sobre su propia informática.
- PyRISMA: Estudio que muestra que el 100% de la industria del software se protege por derechos de autor, y que las patentes son usadas en menor medida.
- Brexit: El Reino Unido mantiene su propia legislación, con diferencias en el "disparador" de la duración de derechos (muerte del autor vs. publicación).
¡Mucho éxito en el estudio!